¿Qué hacemos?
Será deber de la Comisión de Planificación de la Ciudad, y tendrá la facultad, salvo que la ley disponga lo contrario, de recomendar y hacer sugerencias al Concejo Municipal y a todas las demás autoridades públicas con respecto al trazado, ampliación, extensión, estacionamiento y ubicación de calles, aceras y bulevares; el establecimiento de líneas de retiro; la reducción de la congestión del tráfico; el mejoramiento de las condiciones de vivienda y saneamiento; y el establecimiento de zonas y distritos que limiten el uso, la altura, el área y el volumen de edificios y estructuras.
Asimismo, recomendará al Concejo Municipal y a todas las demás autoridades públicas planes para la regulación del crecimiento y desarrollo futuros de la Ciudad, con el fin de asegurar para la Ciudad y sus habitantes condiciones sanitarias adecuadas, el funcionamiento apropiado de todos los servicios públicos y las instalaciones de transporte.
También tendrá la facultad de realizar y llevar a cabo cualesquiera otros actos y acciones necesarios o apropiados para cumplir con las disposiciones de este Capítulo; y, en general, estudiar y proponer aquellas medidas que se consideren aconsejables para la promoción del interés público, la salud, la moral, la seguridad, la comodidad, la conveniencia y el bienestar de dicha Ciudad.
Asimismo, recomendará al Concejo Municipal y a todas las demás autoridades públicas planes para la regulación del crecimiento y desarrollo futuros de la Ciudad, con el fin de asegurar para la Ciudad y sus habitantes condiciones sanitarias adecuadas, el funcionamiento apropiado de todos los servicios públicos y las instalaciones de transporte.
También tendrá la facultad de realizar y llevar a cabo cualesquiera otros actos y acciones necesarios o apropiados para cumplir con las disposiciones de este Capítulo; y, en general, estudiar y proponer aquellas medidas que se consideren aconsejables para la promoción del interés público, la salud, la moral, la seguridad, la comodidad, la conveniencia y el bienestar de dicha Ciudad.
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¡Queremos oír de ti!
La mayoría de los miembros de la Comisión de Planificación de la Ciudad nombrados por el Concejo Municipal constituirá quórum. La Comisión de Planificación de la Ciudad adoptará reglas y reglamentos para la conducción de sus asuntos, los cuales deberán ser consistentes con las leyes del Estado, la Carta Orgánica de la Ciudad y las ordenanzas municipales.